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USITC hace determinaciones en cinco

Aug 16, 2023Aug 16, 2023

La Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (USITC, por sus siglas en inglés) determinó hoy que la revocación de las órdenes de derechos antidumping y compensatorios existentes sobre el sulfato de amonio de China probablemente conduciría a la continuación o recurrencia del daño importante dentro de un tiempo razonablemente previsible.

Como resultado de las determinaciones afirmativas de la Comisión, se mantendrán las órdenes existentes sobre las importaciones de este producto desde China.

El presidente David S. Johanson y los comisionados Rhonda K. Schmidtlein, Jason E. Kearns, Randolph J. Stayin y Amy A. Karpel votaron afirmativamente.

La acción de hoy se enmarca en el proceso de revisión de cinco años (extinción) exigido por la Ley de Acuerdos de la Ronda Uruguay. Consulte la página adjunta para conocer los antecedentes de estas revisiones de cinco años (extinción).

El informe público de la Comisión, Sulfato de amonio de China (n.º de inv. 701-TA-562 y 731-TA-1329 (Revisión), Publicación de la USITC 5402, febrero de 2023) incluirá las opiniones de la Comisión y la información desarrollada durante la revisión.

El informe estará disponible el 22 de febrero de 2023; cuando esté disponible, se puede acceder a él en el sitio web de la USITC en: https://www.usitc.gov/commission_publications_library.

FONDO

La Ley de Acuerdos de la Ronda Uruguay requiere que el Departamento de Comercio revoque una orden de derechos antidumping o compensatorios, o rescinda un acuerdo de suspensión, después de cinco años, a menos que el Departamento de Comercio y la USITC determinen que revocar la orden o rescindir el acuerdo de suspensión probablemente dar lugar a la continuación o repetición del dumping o de las subvenciones (Comercio) y del daño importante (USITC) en un plazo razonablemente previsible.

El aviso de institución de la Comisión en revisiones de cinco años solicita que las partes interesadas presenten respuestas a la Comisión sobre los efectos probables de revocar la orden bajo revisión, así como otra información. Generalmente dentro de los 95 días desde la institución, la Comisión determinará si las respuestas que ha recibido reflejan un nivel de interés adecuado o inadecuado en una revisión completa. Si las respuestas al aviso de institución de la USITC son adecuadas, o si otras circunstancias justifican un examen completo, la Comisión realiza un examen completo, que incluye una audiencia pública y la publicación de cuestionarios.

La Comisión generalmente no celebra una audiencia ni realiza más actividades de investigación en revisiones aceleradas. Los comisionados basan su determinación de daño en revisiones aceleradas en los hechos disponibles, incluidas las determinaciones previas de daño y revisión de la Comisión, las respuestas recibidas a su notificación de institución, los datos recopilados por el personal en relación con la revisión y la información proporcionada por el Departamento de Comercio.

Las revisiones de cinco años (por extinción) con respecto al sulfato de amonio de China se instituyeron el 1 de febrero de 2022.

El 9 de mayo de 2022, la Comisión votó para realizar revisiones completas. El presidente David S. Johanson y los comisionados Rhonda K. Schmidtlein, Jason E. Kearns, Randolph J. Stayin y Amy A. Karpel concluyeron que la respuesta del grupo nacional y la respuesta del grupo encuestado fueron adecuadas y votaron a favor de revisiones completas.

Un registro del voto de la Comisión para realizar revisiones completas está disponible en la Oficina del Secretario, Comisión de Comercio Internacional de EE. UU., 500 E Street SW, Washington, DC 20436. Las solicitudes pueden realizarse por teléfono llamando al 202-205-1802.

20 de enero de 2023 Comunicado de prensa 23-007 Contacto: Elizabeth Nesbitt, 202-205-1819 La USITC realiza determinaciones en revisiones quinquenales (por extinción) con respecto al sulfato de amonio procedente de China